El Plan Renove de Ventanas de Castilla-La Mancha está en marcha. Por eso, queremos informaros que el pasado viernes 07 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha la Resolución de 29/08/2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minería, por la que se convocan para 2018, los programas de ayudas para la sustitución de ventanas. Esta orden establece la dotación y los plazos de las ayudas. Complementa a la Orden publicada en junio (se adjunta), que establecía las características de las ayudas.

El programa objeto de las ayudas se destina a la sustitución de ventanas para personas físicas, dirigido a la sustitución de estas por otras de mayor eficiencia energética. Son beneficiarios de las ayudas las personas físicas que realicen las actuaciones subvencionables en viviendas sitas en Castilla – La Mancha.

La dotación de las ayudas es de 200.000 euros (100.000 euros para la anualidad 2018 y 100.000 euros para la anualidad 2019). El crédito disponible podrá incrementarse en una cuantía adicional de 658.000 € en la anualidad de 2019.

Plan Renove de Ventanas de Castilla-La Mancha: Cuantía de las ayudas

La cuantía de la ayuda individual para cada tipo de actuación subvencionable será la siguiente: 110 € /m2 para sustitución de ventanas en su conjunto (cristales y marcos) e instalación de dobles ventanas (cristales y marcos) y 24 €/m2 en caso de que la sustitución sea sólo de los cristales; con el límite, en todo caso, del 35% del coste de la actividad subvencionada, y un máximo de 3.000 euros, por beneficiario y vivienda.

Plazo de presentación de las solicitudes del Plan Renove de Ventanas de Castilla-La Mancha

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, hasta el 01 de junio de 2019. Es decir, desde el día 08 / 09 / 2018 al 01 / 06 / 2019.

Actuaciones y costes subvencionables

a) La sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento).
b) La instalación de dobles ventanas, considerando como tal los casos en los que ya exista una ventana, que no se modifique, y se añada una nueva ventana exterior (marco y acristalamiento).
c) La sola sustitución de cristales.

Será considerado como coste subvencionable, el precio de las nuevas ventanas o acristalamientos, así como el coste de su instalación (mano de obra), IVA incluido.

No se consideraran como costes subvencionables los siguientes:

a) Las mosquiteras y las persianas, que en su caso, puedan acompañar a las ventanas que se instalen.
b) Los cerramientos acristalados de terrazas, tendederos o similares cuya instalación sea nueva y no se realice en sustitución de alguno existente.

Más información: http://planrenove.castillalamancha.es/PlanRenove/

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