1. Generalidades. Las presentes condiciones generales son aplicables a todas las ventas y/o suministros que CRISTALERIAS RAMOS, SLU y/o RAMOS INDUSTRIA DEL VIDRIO SLU (en adelante LA VENDEDORA) realicen a los clientes. En ningún caso pueden ser anuladas o sustituidas por cláusulas distintas que pretenda el cliente hacer constar en los pedidos. Para la validez de cualquier otra cláusula contractual complementaria a las presentes condiciones generales será necesaria la aceptación expresa y por escrito por parte de LA VENDEDORA a dicha cláusulas complementarias. Estas Condiciones Generales se considerarán parte indisociable del contrato de suministro de materiales de que traen causa, que estará formado además de por las presentes condiciones generales por cuanta documentación contractual o precontractual se haya generado entre las partes.
Con carácter general, salvo que expresamente y por escrito se establezca otra cosa, la aceptación de los pedidos por la VENDEDORA supondrá la concertación entre las partes de un CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES que se regirá en primer lugar por lo dispuesto por las partes en las presentes Condiciones Generales, por cuanta documentación contractual o precontractual se haya generado entre las partes y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código de Comercio para la compraventa mercantil.
2. Pedidos. Los pedidos se realizarán siempre por escrito con la firma del cliente y con aceptación expresa de las condiciones generales de venta. Los pedidos no serán firmes hasta que LA VENDEDORA los haya aceptado. Si excepcionalmente el pedido fuera verbal, el cliente será el único responsable de los errores que pudieran producirse. La anulación de un pedido por parte del cliente llevará aparejada la obligación de satisfacer a su cargo los materiales que se hayan utilizado y el trabajo realizado hasta ese momento. Para la medición de los vidrios se aplicarán los múltiplos indicados en el presupuesto y en su defecto el estándar de LA VENDEDORA que el cliente manifiesta conocer. Cuando el pedido no se ajuste exactamente al presupuesto que pudiera haber sido facilitado al cliente bien sea por diferencia en cantidades, formas o cualquier otra circunstancia, el precio que aparezca en el presupuesto podrá sufrir variaciones. Existe un mínimo facturable en función del tipo de artículo, que se aplicará en el supuesto de no alcanzar la superficie mínima a facturar.
3. Precios. Los precios son los que figuran en las tarifas de LA VENDEDORA. Los precios indicados en las ofertas de LA VENDEDORA, salvo indicación en contra, tienen una validez de 30 días. Pasado dicho plazo, se entenderá rechazada la oferta por el cliente, reservándose LA VENDEDORA la revisión de los precios sin previo aviso en función de la evolución de las condiciones económicas. La facturación de los productos por LA VENDEDORA se efectúa en base a la tarifa vigente el día del envío. En caso de anulación por parte del cliente, nos reservamos el derecho de reembolso de los gastos ya comprometidos (materia prima, mano de obra, etc.).
4. Pago y Gastos Financieros. El cliente se obliga a pagar el precio de las mercancías más los gastos concurrentes y, en su caso, los recargos aplicables con arreglo a los términos establecidos en la factura u otra comunicación escrita remitida por LA VENDEDORA y en las presentes condiciones generales, no estando permitida ninguna compensación de créditos unilateral por parte del Cliente sin consentimiento expreso y escrito de LA VENDEDORA. El Cliente no puede realizar deducción alguna respecto de ningún pago sin el previo consentimiento escrito de LA VENDEDORA, la cual puede ceder o transmitir sus cuentas a cobrar sin necesidad de consentimiento previo del cliente.
LA VENDEDORA puede establecer condiciones de crédito para el Cliente así como modificar dichas condiciones, crear o modificar límites de crédito o cesar en la concesión de crédito en cualquier momento a su sola discreción.
El pago de las facturas se realizará al contado, salvo que expresamente y por escrito se disponga otra cosa. La aceptación por LA VENDEDORA de cheques, pagarés, letras de cambio o cualquier otro tipo de efectos comerciales o bancarios como medio de pago no producirá una novación del contrato y se entenderán en todo caso recibidos “salvo buen fin” de modo que el pago se considerará realizado únicamente en el momento en que LA VENDEDORA haya recibido efectivamente los fondos en su banco.
En todo caso serán de cuenta del Cliente todos los gastos generados por embalaje, transporte u otra manipulación especial solicitada por él y aceptadas por LA VENDEDORA, así como los recargos debidos al retraso del Cliente en la descarga de camiones y cualquier otro gasto o coste de cualquier tipo en que haya incurrido LA VENDEDORA como resultado de actuaciones o peticiones especiales del Cliente.
En caso de que el Cliente deje de hacer un pago a su vencimiento ello constituirá incumplimiento de un término fundamental del contrato quedando facultada LA VENDEDORA para:
En caso de impago serán de cuenta de Cliente, que vendrá obligado a su pago, todos los gastos de cobro, incluidos gastos y costas judiciales de cualquier tipo, así como derechos y honorarios de Abogados y Procuradores de Tribunales, incluso aunque no fueren preceptivos.
El retraso en el pago de cualquier factura dará lugar al devengo del interés previsto en el artículo 7 la Ley 3/2.004 de 29 Diciembre por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad y en su defecto por la norma que sustituya a dicha ley y, caso de no existir norma alguna, se devengará el interés legal del dinero incrementado en un 50%.
5. Limitación de Garantías y Daños. LA VENDEDORA garantiza la calidad de sus productos conforme a lo expresamente especificado en cada uno de ellos sujetos a las tolerancias y variaciones admitidas por los usos del comercio y prácticas de fábrica relativas a dimensiones, tolerancias y variaciones de conformidad con métodos de comprobación e inspección, y en su defecto según lo previsto legalmente. NO EXISTEN OTRAS GARANTIAS EXPRESAS O IMPLÍCITAS; NO EXISTEN GARANTIAS DE IDONEIDAD PARA UN DETERMINADO USO NI GARANTIAS DE COMERCIALIZACION.
LA VENDEDORA no responderá de vicios o defectos, aparentes u ocultos, derivados del empleo defectuoso del producto, roturas o desperfectos consecuencia de un manejo inadecuado y/o bajo condiciones físicas o químicas desfavorables, así como por un almacenamiento de la mercancía en lugares inapropiados o sometidos a cualquier tipo de inclemencia, física o química.
Tampoco se responderá de las roturas o daños de cualquier naturaleza que se produzcan por la colocación de la mercancía sin atenerse a las normas y homologaciones existentes en el ramo y que el Cliente, como especialista en el gremio, declara conocer, como tampoco responderá de los vicios que no sean de origen, exonerando el Cliente a LA VENDEDORA de cualquier responsabilidad por estos conceptos.
El Cliente será responsable de cualquier pérdida que resulte de la falta de aplicación de estándares profesionales e instrucciones usuales relativos a las mercancías o bienes suministrados. LA VENDEDORA no será responsable en ningún caso de daños causados a terceros o de daños consecuenciales o pérdidas indirectas. La única responsabilidad de LA VENDEDORA con arreglo a la presente garantía queda limitada a sustituir el producto o a reembolsar una suma igual al precio de compra, a elección de LA VENDEDORA.
6. Producto. LA VENDEDORA se reserva el derecho a modificar las características técnicas y de presentación de sus productos, así como a suspender la fabricación en cualquier momento por razones justificadas y sin previo aviso, sin que tal circunstancia faculte al cliente para poder realizar reclamación de ningún tipo. Las muestras de los productos se suministran a título indicativo pudiendo variar los tonos, tamaños, etc.
7. Trabajo con material del cliente y piezas de plantilla. En el caso de artículos fabricados con piezas o materiales facilitados por el cliente:
a) LA VENDEDORA queda relevada de toda responsabilidad en el caso de artículos desechados o rotos por defectos que provengan de la calidad de las piezas o materiales facilitados y el trabajo de LA VENDEDORA será facturado incluso por las piezas desechadas.
b) Caso de efectuar cualquier tipo de fabricación de material con plantillas suministradas por el Cliente, la fabricación se llevará a cabo exclusivamente con plantillas rígidas e indeformables facilitadas por el cliente, excluyendo la utilización de materiales como el cartón blanco, papel, hule, etc., que no permiten garantizar una reproducción que respete la tolerancia usual en las dimensiones.
8. Reserva de dominio. LA VENDEDORA se reserva expresamente el dominio de la mercancía objeto de la compraventa, que continuará siendo de su propiedad hasta que el comprador haya verificado el completo pago del precio convenido y de cualquier otro gasto complementario o adicional del suministro efectuado. En consecuencia, el comprador se abstendrá de realizar cualquier acto de cesión por cualquier título, disposición o gravamen respecto de la mercancía en tanto se encuentre pendiente de pago cualquier cantidad de precio y, si lo hiciere, deberá comunicarlo a LA VENDEDORA y poner en conocimiento de su cliente por escrito la existencia de la reserva de dominio a favor de LA VENDEDORA, cediendo desde este momento a favor de LA VENDEDORA, irrevocablemente y frente a su cliente los créditos por la reventa de la mercancía.
Si el comprador promoviera expediente de concurso de acreedores se abstendrá de incluir en su activo o en la masa activa el valor de la mercancía suministrada, poniendo la existencia del concurso en conocimiento de LA VENDEDORA de forma inmediata. Asimismo, el comprador se obliga a comunicar la existencia de esta reserva de dominio ante quien proceda en cualesquiera supuestos y, en especial, en los casos en que concierte o tenga concertadas hipotecas o garantías de cualquier índole sobre el establecimiento en que se haya instalado el material, los de embargo por un tercero u otras situaciones análogas, en todas las cuales el comprador se compromete a formular la protesta correspondiente ante el tercero que se trate y a notificar a LA VENDEDORA sin tardanza, todo evento de esta naturaleza.
El comprador vendrá obligado a conservar en su poder las mercancías con toda diligencia y cuidado y asegurarlas por su cuenta contra todo posible riesgo. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones por parte del adquirente, LA VENDEDORA podrá reivindicar la mercancía suministrada quedando facultada desde este momento de forma irrevocable para retirar la mercancía de donde se encuentre, incluso aunque se encuentre incorporada o unida a otros elementos muebles, sin necesidad de ulterior autorización. En todo caso serán de cuenta del comprador cuantos gastos fueran necesarios para la recuperación de mercancía suministrada y/o la reclamación de los créditos cedidos según los apartados anteriores.
9. Suspensión o anulación del contrato. LA VENDEDORA se reserva el derecho de suspender la ejecución, anular o resolver la totalidad o parte del contrato, sin requerimiento previo por alguna de las siguientes causas:
a) En caso de no cumplimiento por parte del cliente de sus obligaciones contractuales.
b) Cuando el cliente solicitara o fuere declarado en concurso de acreedores, sufriera embargo sobre una parte relevante de sus bienes o, en general, si como consecuencia de algún procedimiento judicial o administrativo, se siguiera la vía de apremio sobre una parte relevante de sus bienes, así como si realizara cualquier otra acción o actuación similar, judicial o privada que pudiera con idéntico resultado, o cualquier otra causa que generara la insolvencia de hecho del cliente, considerándose en todo caso como tal el cierre empresarial unilateral o el cese de hecho de la actividad del Cliente. A estos efectos se considerará cese de hecho de la actividad la falta de presentación durante dos ejercicios consecutivos de las cuentas anuales del Clientes si fuera una sociedad.
En cualquiera de estos casos o en caso de resolución de la venta por causa imputable al Cliente, éste vendrá obligado a pagar a LA VENDEDORA una indemnización global igual al 20 % del importe total del contrato, en concepto de indemnización global por daños y perjuicios derivados de los gastos expuestos y de la pérdida de ganancias, sin perjuicio de que LA VENDEDORA pueda reclamar el reembolso de los gastos que haya efectuado para recuperar los productos según lo establecido en las presentes condiciones generales.
10. Plazo de entrega. Dada la complejidad y singularidad de la manipulación del vidrio, los plazos de entrega que puedan indicarse en cualquier tipo de documentación son meramente orientativos y por ello no vinculantes. El retraso en el cumplimiento de cualquier plazo indicado no facultará al cliente ni a resolver el contrato de compraventa ni a solicitar indemnización alguna. El Cliente acepta la entrega parcial de los pedidos. No obstante la existencia de un plazo de entrega, éste quedará sin efecto en el caso de la existencia de circunstancias excepcionales o de fuerza mayor (como en caso de incendio u otra destrucción, parálisis total o parcial de los transportes, decisión de las autoridades públicas, huelga, perturbaciones o paro de la producción, etc., sin que esta enumeración sea limitativa). Debido a circunstancias ajenas a LA VENDEDORA, el pedido podrá ser anulado sin que en ningún caso el cliente tenga derecho a indemnización alguna.
11. Embalajes homologados. Las mercancías son entregadas con carácter general de conformidad con las condiciones de las rutas de entrega establecidas por LA VENDEDORA, transportándose la mercancía debidamente acondicionada en embalajes, caballetes, palets. etc., propiedad de LA VENDEDORA. Los palets y/o caballetes que se usan para el servicio del vidrio constituyen un mero elemento auxiliar del trasporte que ha de ser devuelto a la descarga de la mercancía o en el plazo de QUINCE DIAS hábiles desde la entrega de la mercancía en los términos y condiciones que a continuación se indican. Corresponde al Cliente la obligación de conservación en buen estado de los diferentes equipos depositados en los locales del Cliente o en la obra, debiendo asegurar su regreso al almacén de LA VENDEDORA por su cuenta o bien conservarlos en el suyo hasta que LA VENDEDORA proceda a su retirada. Pasado el plazo de devolución de los elementos auxiliares que se ha indicado, dichos elementos o equipos se considerarán vendidos y por tanto serán facturados al Cliente quien contrae desde este momento la obligación de su pago, considerándose el mismo como parte de la operación de venta a todos los efectos previstos en las presentes condiciones generales para las obligaciones de pago y pago aplazado. No obstante si la devolución se produce dentro de los 3 meses siguientes a la recepción de la mercancía se efectuará el abono oportuno de la cantidad facturada según lo anterior. Transcurrido el plazo referido de 3 meses no procederá abono alguno aunque se devuelvan. En todo caso, el Cliente será responsable de cuantos daños y perjuicios se pudieran causar de forma directa o indirecta por los mismos, desde que se efectúe la descarga de las mercancías.
12. Transporte de las mercancías y entregas. Con carácter general LA VENDEDORA efectuará la entrega de las mercancías en España por sus propios medios. Salvo pacto expreso o acuerdo por escrito en contrario la mercancía viajará por cuenta y riesgo del vendedor hasta el punto de entrega, excepto en los supuestos que a continuación se indican. La entrega de mercancías en obra deberá estar expresamente pactada y presupuestada siendo de cuenta del Cliente el sobre coste que genere. LA VENDEDORA se reserva el derecho de rechazar una entrega en obra si no se reúnen las condiciones de transportes, acceso y seguridad necesarias. Los gastos ocasionados por una eventual descarga en obra de tipo inmovilización del vehículo o alquiler de grúa serán en todo caso a cargo del Cliente. El transporte en ningún caso incluye las labores de descarga o desestiba que serán siempre por cuenta del Cliente de conformidad con lo dispuesto en la cláusula siguiente.
Cuando es el Cliente el que recoge los productos o cuando él mismo organiza el transporte, dichos productos viajan por su cuenta y riego.
En el caso de piezas o mercancías de dimensiones excepcionales, si éstos necesitan un embalaje o un transporte especial los gastos serán en todo caso a cargo del Cliente.
Los albaranes de entrega, debidamente suscritos acreditarán la entrega de la mercancía vendida, su toma de posesión por el cliente, la aceptación de las condiciones generales de contratación si no existiere documento anterior, así como que se ha examinado su contenido y la conformidad respecto de las mercancías recepcionadas, ello sin perjuicio de los plazos que establece el artículo 336 del Código de Comercio para los casos de mercancías embaladas.
En el supuesto de que existiera responsabilidad de LA VENDEDORA por defecto o rotura en algún producto, esta vendrá limitada a la reposición del mismo. Para ello será requisito indispensable la devolución del producto defectuoso o roto, si no se devolviere por cualquier causa, se descontará su valor residual del producto repuesto, siendo la diferencia a cargo del Cliente.
El cliente se responsabilizará y gestionará los residuos y embalajes que se utilicen en los envíos realizados, exonerando a LA VENDEDORA de cualquier reclamación o responsabilidad de carácter medioambiental.
En todo caso, la carga, la descarga y, en general, cualquier manipulación del producto en el punto de entrega, se realizarán bajo la dirección del comprador o la persona que este designe aunque pertenezca a la mercantil vendedora, siendo por tanto de cuenta y riesgo del comprador los posibles desperfectos que pudieran causarse en el desarrollo de estas operaciones. Esta responsabilidad del Cliente se extiende incluso al supuesto en el que e1 transportista haya sido contratado directamente por LA VENDEDORA, en cuyo caso se entenderá que, a efectos de esta contratación, ha actuado por cuenta directa del Cliente., todo ello sin perjuicio de las obligaciones adicionales según lo que se establece en el apartado siguiente
13. Condiciones de prestación del servicio auxiliar de grúa para descarga. LA VENDEDORA, prestará al Cliente un servicio auxiliar consistente en la puesta a disposición del cliente de un camión con grúa con objeto de realizar las operaciones de descarga y/o desestiba del material suministrado, actuando el operador de la grúa siempre bajo las instrucciones y responsabilidad de cliente o de quien le represente en el momento de efectuar el trabajo y con arreglo a las condiciones que a continuación se indican.
La puesta a disposición del camión con grúa se realizara en todo caso previa petición del cliente. La realización de las operaciones de descarga se efectuaran previa la adopción por parte del Cliente de las medidas de seguridad necesarias y con cumplimiento de las normativas aplicables, en su caso, respecto de la ocupación de aceras o vías públicas. El operador de la grúa podrá negarse a efectuar manipulación alguna de la carga sin el cumplimiento por el cliente o su representante de las medidas de seguridad o de la referida normativa.
El cliente deberá designar un responsable para dirigir las operaciones de la grúa. El operador de la grúa siempre actuara siguiendo las instrucciones de descarga del responsable designado al efecto.
El servicio auxiliar de descarga es totalmente independiente de cualquier contrato de suministro de material que haya concertado el cliente con LA VENDEDORA, en consecuencia, de conformidad con las presentes Condiciones Generales de Contratación, el Cliente reconoce expresamente que el servicio auxiliar de descarga o desestiba del material suministrado se efectúa bajo su exclusiva responsabilidad y a su costa, asumiendo a su cargo el cliente cualquier rotura de material que se produzca durante o como consecuencia de las operaciones de descarga.
Se consideraran operaciones de descarga cualquier actuación que se realice con la grúa del camión puesto a disposición del cliente tendente a la colocación de la carga en el lugar que determine el cliente o persona que lo represente a partir de la llegada del camión al punto de entrega de la mercancía.
Se consideraran servicios independientes cada una de las descargas de camiones diferentes que se realicen aunque se trate del mismo cliente y del mismo pedido o suministro, siendo su facturación separada.
14. Modificación y aplicación de las Condiciones Generales. Ningún término contenido en el pedido, condiciones generales de compra o cualquier otra documentación remitida por el cliente derogará, añadirá o modificará las presentes Condiciones Generales, salvo que así lo reconozca LA VENDEDORA de manera expresa y por escrito suscrito por la Dirección de LA VENDEDORA~. A estos efectos se hace constar expresamente al Cliente que ningún empleado de LA VENDEDORA y, en particular, ninguna persona del Departamento Comercial ni de Fabricación esta autorizada para modificar estas Condiciones Generales o renunciar a cualquiera de las cláusulas o derechos establecidos sin contar con el consentimiento específico y por escrito de un representante legal autorizado o apoderado por la Dirección de LA VENDEDORA. En todo caso, cualquier renuncia expresa y por escrito efectuada por LA VENDEDORA será aplicable única y exclusivamente a la operación de venta específica a la que corresponda.
Las presentes condiciones generales serán igualmente aplicables a los diferentes accesorios que LA VENDEDORA deba o pueda fabricar o revender, ya sea para facilitar el montaje, el adecuado transporte o cualquier otra circunstancia.
15. Protección de datos de carácter personal. LA VENDEDORA, en cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal informa que los datos de tal carácter que se faciliten, pasarán a formar parte de un fichero propiedad de LA VENDEDORA. El Cliente podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante correo electrónico a la dirección info@ramosiv.es o bien por correo postal dirigiéndose a Cristalerías Ramos SLU a la dirección: C/ PALIER, 20-22 – 28914 LEGANÉS (MADRID)
16. Jurisdicción competente. Para la resolución de cuantas discrepancias pudiesen surgir entre los contratantes como consecuencia de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente contrato, serán competentes los Jueces y Tribunales del domicilio social de LA VENDEDORA, a los que las partes se someten expresamente, con renuncia expresa a su propio fuero, incluido el personal.