Os informamos de la publicación del Plan Renove de Ventanas de Castilla – La Mancha.

Plazo de presentación de solicitudes: Del 21 Abril 2015 al15 Octubre 2015

Objeto: Convocar ayudas para la sustitución de ventanas en viviendas por otras de mayor eficiencia energética en el ámbito territorial de Castilla – La Mancha.

Destinatarios: Las personas físicas que sustituyan las ventanas de las viviendas sitas en Castilla – La Mancha, en los términos y condiciones previstos en la orden.

Requisitos: Los beneficiarios deberán cumplir:

a) Tener domicilio fiscal en Castilla – La Mancha.
b) Realizar la sustitución de ventanas en viviendas particulares situadas en Castilla – La Mancha.
c) Estar empadronado en la vivienda al menos a la fecha de convocatoria.
d) No estar incurso en los supuestos de incompatibilidad contemplados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla – La Mancha.
e) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

Las actuaciones subvencionables son:

a) La sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento).
b) La instalación de dobles ventanas (marco y acristalamiento)
c) La sustitución de cristales.

Las ventanas instaladas deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 8 de la orden de ayudas (véase documento adjunto).

Importe: La cantidad destinada para la convocatoria de subvenciones de 2015, será de 658.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.09.0000G/722A/78553 fondo 69

Cuantía de las ayudas: 

a) 110 euros / m2 para sustitución de ventanas (cristales y marcos) e instalación de dobles ventanas (cristales y marcos)
b) 24 euros / m2 para sustitución de cristales, (solo cristales)

Límite de 3.000 euros por beneficiario y vivienda Las ayudas, en ningún caso, podrán superar el 35 % del coste de la actividad subvencionada. Se incluye como

coste subvencionable la adquisición y la mano de obra, IVA incluido. No se incluye como concepto subvencionable las mosquiteras o persianas, aunque vengan como conjunto en la ventana. Los cerramientos acristalados de terrazas, tendederos o similares, solo serán subvencionables cuando se trate de renovarlos. No serán subvencionables por tanto los cerramientos cuya instalación sea nueva y no se realice en sustitución de alguno existente

Las actuaciones subvencionables extenderán sus efectos desde el 16 de octubre de 2014 hasta el 15 de octubre de 2015.

Más información: https://www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-para-la-sustitucionde-ventanas

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