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Será el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS), quien tramitará en la capital estas ayudas a la rehabilitación del Plan Estatal de Vivienda 2018 – 2021. El Área Delegada de Vivienda ya ha firmado el convenio que convierte a la EMVS en Entidad Gestora para facilitar toda la información a los vecinos y llevar la tramitación de las obras en cada uno de los diez barrios incluidos en la primera convocatoria de este plan, en el que se invertirán más de 41 millones de euros y se podrían beneficiar 42.000 viviendas.

Las actuaciones del programa de ayudas a la rehabilitación de edificios objeto de subvención incluyen la mejora de las condiciones estructurales y funcionales de los edificios, la habitabilidad de las viviendas, la introducción de medidas dirigidas al ahorro y la eficiencia energética, y trabajos para adaptar los inmuebles a medidas de evacuación, seguridad y protección contra incendios.

Las áreas afectadas en Madrid capital por esta primera convocatoria son diez: Ambroz (en el distrito de Vicálvaro); Colonia de Vallecas (Puente de Vallecas); Gran San Blas y Simancas (San Blas – Canillejas); Colonia Loyola y Virgen de la Inmaculada (Carabanchel); el Poblado dirigido (Fuencarral – El Pardo): Poblado dirigido de Orcasitas y Meseta de Orcasitas (Usera); la segunda fase del barrio del Aeropuerto (Barajas) y la segunda fase de Colonia Experimental (Villaverde).

Objeto de las ayudas:

Están incluidas en este programa de ayudas a la rehabilitación de edificios aquellas obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética, accesibilidad, conservación y mantenimiento en edificios y viviendas que se encuentren en Áreas de Regeneración y Renovación Urbana y Rural, del municipio de Madrid.

Obras subvencionables:

  • Mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad
  • Conservación, seguridad y accesibilidad en viviendas
  • Mantenimiento de edificios y viviendas para adecuarlos a la normativa vigente

Plazo de presentación:

El plazo máximo es de tres meses desde el día siguiente de la publicación en el BOCM, es decir desde el 18 de junio de 2020.

En la EMVS se atiende cualquier consulta sobre las ARRUR a través de cita previa o más información en el teléfono 915 168 150 (de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas).

Cuantía de las ayudas:

La cuantía máxima de la subvención no podrá exceder con carácter general del 40 % del coste de la actuación, con un máximo del 75% para el caso de ingresos de la unidad de convivencia inferiores a 3 veces IPREM, personas con discapacidad o mayores de 65 años.

La cuantía de la ayuda a percibir por vivienda rehabilitada no podrá ser superior a 12.000 € para obras que alcancen los objetivos de reducción de la demanda energética; ni superior a 8.000 € para obras de conservación y/o accesibilidad.

Esta ayuda, es compatible con otro tipo de planes de rehabilitación vigentes.

Más información:

https://www.emvs.es/Proyectos/Rehabilitacion/Paginas/ARRU.aspx

https://www.emvs.es/Proyectos/Rehabilitacion/Paginas/ARRU_FAQ.aspx

Preguntas frecuentes:

https://www.emvs.es/Proyectos/Rehabilitacion/Paginas/ARRU_FAQ.aspx

Si lo desea, puede ampliar la información descargando este PDF